Reestructuración Parcelaria

Requisitos:

  1. Formulario determinado por la STHV suscrito por el propietario y el profesional responsable del proyecto arquitectónico.
  2. Cédula de ciudadanía vigente y Papeleta de votación del propietario.
  3. Nombramiento vigente del representante legal (Personas Jurídicas) propietario.
  4. Cédula de ciudadanía vigente y Papeleta de votación del profesional.
  5. Registro en el SENECYT del profesional.
  6. Informe de Regulación Metropolitana (IRM)
  7. Copia de escritura del inmueble inscrita en el Registro de la Propiedad.
  8. Certificado de Gravámenes original y actualizado vigente a la ficha de ingreso del proyecto para revisión (60 días hábiles a partir de su emisión) del 100% de copropietarios.
  9. La propuesta del proyecto de reestructuración parcelaria se graficará sobre el plano topográfico georreferenciado.
  10. Tres juegos de planos impresos y firmados – (Para la primera revisión solo 1 juego)
  11. Un (1) CD en formato Auto CAD V. 2004 con los archivos digitales georreferenciados de acuerdo al Sistema de Referencia Espacial SIRES-DMQ: proyección cartográfica transversa de Mercator Modificada (TMQ-WGS84) y Meridiano Central  W 78 grados  30´ 00´´ y  demás parámetros constante en la Ordenanza Metropolitana que establece los Sistemas de referencia espacial y de geolocalización vigentes, o el que estableciere el órgano competente municipal; y, que contenga toda la información en la propuesta arquitectónica de conformidad con las especificaciones técnicas constantes en la normativa vigente, los cuadros de datos deberán incluirse en un CD en hoja de cálculo.
  12. La propuesta del proyecto arquitectónico (implantación) se graficará sobre el plano topográfico georreferenciado.

Requisitos Complementarios:

  • Acta notariada del consentimiento unánime de los copropietarios en caso de derechos y acciones.
  • En caso de sucesión hereditaria, se adjuntará la posesión efectiva inscrita en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.
  • En caso de Partición Judicial entre copropietarios, se adjuntará la sentencia debidamente inscrita.
  • En caso de donación, se adjuntará la escritura debidamente inscrita.
  • En caso de reestructuraciones parcelarias que involucren propiedad municipal se adjuntarán los informes pertinentes de la Dirección Metropolitana de Catastro, según corresponda.

NOTA:

En este procedimiento de Habilitación de suelo (LMU-10), previo al ingreso del expediente por parte del Administrado al Municipio o Entidad Colaboradora, deberá obtener con antelación los informes que el caso en partículas amerite, tales como:

  • Cuando existan excedentes o diferencias de áreas en los lotes a reestructurar, se debe realizar la correspondiente actualización catastral de conformidad a lo establecido en el COOTAD y al procedimiento  establecido por el MDMQ.
  • Definición de replanteo y afectación vial emitido por la Administración Zonal competente.
  • Borde superior de quebrada emitido por la Dirección Metropolitana de Catastros.
  • Informe de delimitación de zonificaciones emitido por la STHV, cuando el lote tenga dos o más zonificaciones.
  • Toda propuesta de Reestructuración Parcelaria en la que se plantean obras de ser el caso,, deberá prever en su planificación el diseño de infraestructura subterránea para la canalización de Redes de Servicio.
  • La documentación especificada en los requisitos generales y complementarios será presentada para cada uno de los lotes involucrados.

La documentación requerida se receptará en copias simples, a excepción del certificado de gravámenes actualizado.

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