Requisitos:
- Formulario determinado por la STHV, suscrito por el propietario y el profesional responsable de la declaratoria bajo el régimen de propiedad horizontal.
- Cédula de ciudadanía vigente y Papeleta de votación del propietario.
- Nombramiento vigente del representante legal (Personas Jurídicas) propietario – En caso de Sociedad o Empresa.
- Cédula de ciudadanía vigente y Papeleta de votación del profesional.
- Registro en el SENECYT del profesional.
- Informe de Regulación Metropolitana (IRM) – Original y actualizado.
- Copia de planos aprobados y licencias de construcción y trabajos varios anteriores aprobados.
- Copia de escritura del inmueble inscrita en el Registro de la Propiedad.
- Certificado de Gravámenes original y actualizado vigente a la fecha de ingreso del proyecto para revisión (60 días hábiles a partir de su emisión) del 100% de copropietarios.
- Acta notariada del consentimiento unánime de los copropietarios (100%) en caso de derechos y acciones.
- Cuadros de alícuotas de los bienes exclusivos, de áreas comunales y de linderos, deberán incluirse tres (3) copias en físico suscrito por el profesional y propietario.
- un CD con el archivo digital en formato de hoja de cálculo (EXCEL).
- Los cuadros de alícuotas de las unidades constructivas individualizadas comprenderá única y exclusivamente aquellas susceptibles de individualizarse y enajenarse; cada bien exclusivo susceptible de individualizarse y enajenarse deberá tener su alícuota parcial independiente; las alícuotas parciales podrán ser acumuladas y en este caso constará la alícuota total correspondiente.
- Cuadro de áreas comunales que contendrá las áreas comunales y/o bienes comunes a las cuales no se les asignará alícuotas, debiendo constar de manera detallada las superficies, el uso y los niveles, especificando las áreas comunales construidas cubiertas y abiertas.
- Cuadro de linderos de las diferentes unidades de construcción de dominio exclusivo (alícuotas), deben ser descritos de una manera sencilla, clara total e integral, se establecerán y señalarán sus dimensiones totales (longitudes desarrolladas) en función de la orientación del bien inmueble con respecto a los cuatro puntos cardinales: norte, sur, este, oeste; además se deben señalar los linderos superiores e inferiores (área) con respecto a otras unidades de dominio exclusivo (alícuotas) o áreas comunales, dependiendo de la modalidad (edificios en altura, conjuntos habitacionales o la combinación de las dos anteriores).
- Si un bien exclusivo (alícuota) ha sido planificado en varios niveles, los linderos pueden ser descritos de manera total e integral; es decir, señalando sus dimensiones totales (longitudes desarrolladas) y los niveles correspondientes con los cuales se planificó, con respecto a las otras unidades exclusivo (alícuotas).
- En caso de modificatoria a la Declaratoria bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, se anexará el Acta debidamente notariada del consentimiento de los copropietarios, de conformidad con el porcentaje establecido en la Ley de Propiedad Horizontal y el Reglamento General.
Nota:
- La descripción de los linderos de las unidades constructivas constantes en el cuadro de alícuotas es responsabilidad exclusiva del Profesional y Propietario, por consiguiente, no se revisarán los linderos por parte del MDMQ o Entidades Colaboradoras.
- El cálculo de alícuotas se deberá presentar con redondeo a cuatro (4) decimales.
La documentación requerida se receptará en copias simples, a excepción del certificado de gravámenes actualizado.
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Cuadros de Alícuotas, Áreas y Linderos